A raiz del tema de la homologación o reconocimiento de los títulos de especialista médico en España, de cuyo procedimiento se ha emitido un nuevo decreto este año, específicamente en mayo, se ha discutido mucho dentro del gremio, la pertinencia de este reconocimiento, así como la naturaleza de las pruebas a que son sometidos los médicos especialistas extranjeros.
Si bien hay individuos cuasidelincuentes que falsifican papeles, ejercen de manera ilegal, y que evidentemente hacen surgir la duda de su real capacitación como médicos, muchos de los médicos son verdaderos especialistas que durante años han visto obstaculizado su reconocimiento en España, tanto de manera pasiva, como activa, por lo duro e injusto del procedimiento que existía para su homologación.
Particularmente en España, así como en el resto de Europa, la demanda de personal médico general y especializado, y por tanto, la oferta de empleo ha superado la capacidad de los nacionales españoles para suplirla, lo que ha concluído en la contratación de médicos extranjeros para resolver este problema. Obviando las diferencias evidentes en las condiciones salariales de cada país, está claro que los médicos extranjeros han resuelto un problema importante durante varios años.
La regulación recientemente decretada mejora las condiciones de reconocimiento de la especialidad, dándole a los médicos que ya ejercen ciertas prerrogativas, que es lo menos que podrían recibir luego de demostrar durante años que sí son especialistas, y que sus especialidades las han ejercido de manera competente.
No obstante, el decreto incluye condiciones difíciles de entender, ya que después de obtener una constancia del hospital en que se ejerce de que se tiene una relación laboral, y de que se ejerce durante al menos un año la especialidad por la que se opta al reconocimiento, hay que ofrecer la posibilidad de ser asignado a una prueba de conocimientos o a un período de prácticas de 3 meses bajo supervisión. En muchos casos los especialistas que optan al reconocimiento han tenido bajo su cargo a residentes en formación a los cuales han ofrecido docencia y supervisión. Entonces una instancia ajena desconocerá a las autoridades institucionales y decidirá que este profesional debe ser formado durante 3 meses.
Por otra parte, en la mayoría de los cursos de postgrado de otros países los residentes son sometidos a evaluaciones escritas y orales, seminarios, presentaciones, conferencias supervisadas y calificadas, casos clínicos magistrales y sesiones anatomoclínicas, y reciben clases formales, con exámenes escritos y orales finales cada año del postgrado. Por el contrario, como ha puntualizado alguien, el único examen que presentan los residentes de los postgrados en España en todo su curso de postgrado es el del MIR (antes de entrar al postgrado), lo que implica una gran diferencia de formación y por tanto, de exigencia.
Finalmente, oído de primera mano de un residente, «aumenté una dioptría por cada año que estudié en la carrera. Ahora tengo 3 en cada ojo. Me imagino que esto ocurrió porque estaba estudiando. Ahora que estoy en el postgrado no aumentaré más dioptrías»
La voluntad de estudiar de los residentes en España y el reconocimiento de los especialistas médicos
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